Justicia Electoral asiste a ciudadanos que desean conformar agrupaciones políticas
El artículo 125 de la Constitución Nacional explica el derecho que tiene el ciudadano de asociarse libremente a partidos y movimientos políticos. Así también el artículo 16 de la Ley Nº 834/96 “Que establece el Código Electoral Paraguayo”, menciona que “Los partidos políticos se organizarán a nivel nacional, no siendo permitida la formación de partidos políticos regionales. No obstante, podrán formarse transitoriamente movimientos políticos regionales para la presentación de candidaturas a gobernadores, juntas departamentales, intendentes y juntas municipales”.
Este servicio está disponible de manera gratuita para los interesados en la sede central de la Justicia Electoral, ubicada en Av. Eusebio Ayala N° 2759 c/Sta. Cruz de la Sierra - Asunción. Así también se puede acudir a los centros cívicos - registros electores de todo el país para recibir información. Las personas que requieran de los servicios mencionados pueden comunicarse vía WhatsApp al (0981) 059-853, o a la línea telefónica (021) 6180-573/ 6180-574 o a través de los correos electrónicos [email protected] y [email protected].
