Últimos días de campaña: la carrera electoral entra en zona de control
A menos de una semana de las elecciones municipales, la campaña entra en su tramo decisivo. Mientras el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) avanza con la distribución de materiales y máquinas de votación, candidatos, partidos y movimientos deben ajustarse a las últimas restricciones previstas por la legislación electoral.
¿Hasta cuándo se puede hacer propaganda?
La propaganda electoral para las municipales está permitida hasta 48 horas antes de la elección, por lo que para los comicios del domingo 4 de octubre el plazo culmina el jueves 1 de octubre.
Desde ese momento ya no se podrán realizar actos de proselitismo ni difundir propaganda destinada a captar votos. Esto incluye mensajes de campaña en medios, redes sociales, carteles, pasacalles y otras formas de promoción de candidaturas.
La propaganda realizada fuera del plazo establecido puede constituir una infracción electoral y está sujeta a sanciones.
¿Qué pasa con los bienes públicos?
El Código Electoral y las normas sobre financiamiento político establecen restricciones al uso de recursos y bienes del Estado para favorecer candidaturas.
Vehículos, funcionarios, instalaciones, fondos u otros recursos públicos no deben utilizarse para actividades proselitistas. El hecho de que una persona sea funcionaria y, al mismo tiempo, candidata no implica por sí solo una prohibición general, pero sí debe respetar las reglas electorales y evitar el uso de recursos estatales en campaña.
¿Se pueden hacer inauguraciones?
No existe una prohibición general que impida realizar inauguraciones de obras durante los últimos días de campaña. Sin embargo, una actividad institucional no puede utilizarse como mecanismo de propaganda electoral.
La diferencia está en el contenido y la finalidad del acto: una inauguración oficial no equivale automáticamente a propaganda, pero si se transforma en una actividad destinada a promocionar una candidatura o pedir el voto, puede quedar alcanzada por las restricciones electorales.
También debe diferenciarse la información institucional de la propaganda electoral. Comunicar sobre servicios u obras públicas no es necesariamente propaganda, pero un mensaje institucional que promocione a candidatos o busque influir directamente en el voto puede generar cuestionamientos.
Por eso, en estos últimos días cobra especial importancia el control sobre la utilización de recursos y espacios estatales.
Encuestas y denuncias
Otra restricción ya vigente es la difusión de encuestas sobre preferencias electorales. El plazo para publicar estos resultados venció el 18 de septiembre, según informó el TSJE.
Además, el Ministerio Público prepara un centro de monitoreo para recibir y procesar denuncias vinculadas con posibles delitos electorales durante las elecciones. Entre las conductas sancionables se encuentran la propaganda fuera de plazo, la coacción al elector y otras acciones que puedan afectar la libertad o normal desarrollo de los comicios.
El cierre de campaña
De esta manera, los últimos días antes del 4 de octubre combinan la actividad política final de candidatos con un mayor control sobre las reglas electorales. Hasta el jueves 1 de octubre hay margen para la propaganda; después comienza el período de silencio electoral, mientras el TSJE concentra sus esfuerzos en completar la distribución de los materiales y garantizar las condiciones para la jornada de votación.