El informe menciona que, entre febrero y junio de este año, un total de 92 personas recluidas recuperaron su libertad gracias al trabajo técnico y jurídico de la Unidad Especializada de Seguimiento Procesal.
Durante este periodo, la Unidad analizó 4 610 casos en distintos establecimientos penitenciarios del país, detectando 384 situaciones en las que ya se había cumplido el plazo de la pena mínima para personas bajo prisión preventiva.
Si bien varios casos fueron resueltos favorablemente, aún se encuentran en proceso de gestión otras comunicaciones dirigidas a las autoridades judiciales.
El trabajo se realiza como parte del compromiso con la garantía de derechos y la lucha contra el hacinamiento en los centros penitenciarios.
Los trabajos se desarrollaron en los centros penitenciarios de Tacumbú, Emboscada Antigua, Casa del Buen Pastor, Cambyretá y en los regionales de Coronel Oviedo, Concepción, San Pedro y Ciudad del Este.
Este resultado fue posible gracias a una coordinación efectiva con el Poder Judicial, la Defensa Pública y el Ministerio Público, lo que permitió una intervención oportuna en cada caso.
El accionar de la Unidad se sustenta en el artículo 19 de la Constitución Nacional, que establece que “la prisión preventiva no puede prolongarse más allá del tiempo de la pena mínima prevista para el hecho punible imputado”.
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