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Recusan a Tribunal de Sentencia en juicio contra tres agentes del GEO en Pedro Juan Caballero

La recusación fue planteada por los propios agentes acusados, quienes manifestaron sentirse inseguros respecto al actuar del Tribunal. La defensa de uno de los procesados sostiene que existe una supuesta parcialidad manifiesta y cuestiona que los magistrados estarían supliendo funciones que corresponden al Ministerio Público.
Recusan a Tribunal de Sentencia en juicio contra tres agentes del GEO en Pedro Juan Caballero
Foto: Gentileza / Archivo
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Un giro inesperado se produjo en el juicio oral y público que se desarrolla contra tres agentes del Grupo Especial de Operaciones (GEO), procesados por los supuestos hechos de extorsión agravada y persecución de inocentes, en Pedro Juan Caballero.

Los acusados, el oficial Jony Ariel Giménez Amarilla y los suboficiales Alcides Villa Robles y Nelson Solís Chamorro, presentaron una recusación contra la totalidad del Tribunal de Sentencia que lleva adelante el juicio.

El órgano juzgador está integrado por los magistrados Digna Cristaldo, en carácter de presidenta, y Abel Molinas y Edison Escobar, como miembros titulares.

La defensa cuestiona la actuación del Tribunal

El defensor público Ricardo Berau explicó que la recusación se sustenta, entre otros argumentos, en una supuesta parcialidad manifiesta de los integrantes del Tribunal.

Según sostuvo el abogado, los magistrados recurrieron de manera reiterada a la figura procesal denominada “medida de mejor resolver” o “medida de mejor proveer”, sin que, a criterio de la defensa, se cumplan los presupuestos legales establecidos para su aplicación.

«“Esta medida exige tres presupuestos: que sea de carácter excepcional, que no cubra trabajos que corresponden a otra parte, y que sean hechos o circunstancias nuevas. Extremos que no han ocurrido dentro del desarrollo de este juicio oral”, afirmó Berau.»

El defensor cuestionó además que el Tribunal haya incorporado al debate un expediente judicial y una carpeta de investigación fiscal que, según explicó, ya fueron objeto de análisis durante la audiencia preliminar y respecto de los cuales el Ministerio Público se habría allanado.

En ese sentido, sostuvo que los magistrados estarían realizando actuaciones que corresponden a la Fiscalía.

«“Nos encontramos con que el Tribunal pretende dar origen a unas documentaciones... a los efectos de evitar resoluciones que atenten contra un auto interlocutorio, una sentencia ya confirmada en segunda instancia”, manifestó.»

Berau también hizo referencia a la Sentencia N.º 2, de fecha 30 de diciembre de 2025, señalando que la misma quedó firme al no haber sido recurrida por el Ministerio Público.

El defensor calificó esta situación como un hecho que “llama poderosamente la atención”.

Cruce con la presidenta del Tribunal

Durante sus declaraciones, Berau también se refirió a un incidente protagonizado con la presidenta del Tribunal, quien, según relató, lo habría señalado por una supuesta “falta de decoro y falta de respeto” hacia los magistrados.

El defensor rechazó la acusación y aseguró que durante sus años de ejercicio profesional no ha incurrido en ese tipo de conducta.

«“Llevo siete años de ejercicio en la profesión de defensor público, y ningún momento alguno he maltratado a mis representados, tampoco al Ministerio Público, y mucho menos he faltado el respeto al Tribunal de Sentencia. Yo soy una persona que trae eso de casa: respeto para poder exigir respeto”, expresó.»

El abogado señaló además que, amparándose en los artículos 112, 113 y 114 del Código Procesal Penal, solicitó que se precise cuál habría sido la conducta que motivó el cuestionamiento.

Asimismo, manifestó que se reservó el derecho de recusar posteriormente al Tribunal a título personal, además de la recusación presentada en representación de sus defendidos, debido a que considera que los cuestionamientos también estuvieron dirigidos hacia su actuación profesional.

Ahora deberá resolver un Tribunal de Apelación

La recusación alcanza a los tres integrantes del Tribunal de Sentencia. El planteamiento deberá ser analizado y resuelto por la instancia correspondiente.

Mientras se sustancia el incidente, el desarrollo del juicio oral podría quedar temporalmente suspendido, hasta que un Tribunal de Apelación determine si corresponde apartar a los magistrados recusados o confirmar su participación en el proceso.

Fuente:  noticiascentralpjc.com.py/

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