Manifestó que el Código Electoral regula de manera general todo tipo de propaganda electoral y hace énfasis en propagandas visuales materiales como carteles, también hace énfasis en medios masivos de comunicación.
En ese sentido, precisó que las redes sociales pueden interpretarse como medios masivos de comunicación, ante su surgimiento y su implantación en la vida cotidiana de la sociedad.
“En general el Código Electoral prohíbe todo tipo de propaganda electoral particularmente aquellos realizados en medios masivos de comunicación”, afirmó.
Señaló que la propaganda electoral extemporánea es un delito electoral y es el fiscal penal designado para intervenir en delitos electorales, quien debe actuar. En Asunción son los fiscales Eugenio Ocampos y el fiscal Juan Carlos Ruíz.
No obstante, dijo que de todas maneras está realizando un pedido ante el Juzgado Electoral a fin de que se realice una prevención y control de las propagandas, porque también la Municipalidad debe realizar este control y multar a los que no cuentan los permisos correspondientes para las propagandas en la vía pública.
Ayer presentó el urgimiento de un pedido de diligencias en razón de la existencia de varios carteles en la vía pública que promocionan la candidatura de Juan Manuel Brunetti y varios spots publicados en Instagram.
“Estoy esperando que el Juzgado Electoral defina. Yo hice el pedido y el juzgado debe expedir los oficios y notificar en este caso en particular a Brunetti a que proceda a dejar sin efecto sus propagandas porque aún no estamos en el plazo que establece el cronograma electoral”, sostuvo la fiscala Myriam González.