Fuerza Aérea aclara que aviones militares pueden ser alquilados a “empresas privadas o civiles”
En una entrevista con el programa “Arriba hoy” del canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media, el general de División Aeronáutica explicó que el alquiler de la aeronave es un servicio habitual que ofrece la FAP siempre y cuando se cumplan con los requisitos y el correspondiente pago por las horas de vuelo.
“La Fuerza Aérea tiene disponible las aeronaves para alquiler conforme a lo que nos permite la Ley 1.525 y la Ley de Presupuesto General de la Nación. Se les puede alquilar a empresas privadas o civiles conforme a un catálogo de precios aprobados por resolución. El costo del alquiler es por hora de vuelo, se firma un contrato previo y el pago que se recibe, ingresa a Fuente 30 de presupuesto de la Fuerza Aérea”, indicó.
Fullaondo Céspedes mencionó que todas las instituciones del Estado tienen la posibilidad de generar ingresos propios para su plan de gastos, y en ese sentido, las Fuerzas Armadas (FF. AA.) utiliza sus aviones para el efecto.
“Alquilamos a las escuelas de paracaidismo deportivo y hace como tres semanas se rentó a otra escuela. Alquilamos para su empleo, previa firma de contrato y el pago por las horas de vuelo. Es una práctica habitual para alquiler aviones militares para el uso civil o empresa privada”, remarcó.
