Diputados da media sanción a una ley que limita el uso de celulares en aulas
La propuesta, impulsada por el diputado José Rodríguez, nació con la intención de avanzar hacia una restricción más dura dentro de las aulas, en línea con medidas adoptadas en otros países de la región. Sin embargo, el texto fue modificado durante su tratamiento y terminó convirtiéndose en una normativa de regulación antes que de veto absoluto, luego de objeciones y presiones surgidas en torno a la necesidad de mantener canales de comunicación para los estudiantes en determinadas circunstancias.
El proyecto fue tratado de manera rápida y sin mayor discusión en el pleno, luego de que las bancadas acordaran acompañar la versión ajustada en comisiones. Ese nuevo texto dejó sin efecto la pretensión original de impedir totalmente el uso de celulares en el sistema educativo y contempló situaciones específicas en las que sí estará permitido portar o utilizar estos dispositivos.
Entre las excepciones incorporadas figuran los casos de peligro, necesidad o fuerza mayor, además de la utilización con fines exclusivamente pedagógicos. En este último punto, la normativa establece que el Ministerio de Educación y el MITIC deberán definir qué equipos o dispositivos podrán ser considerados herramientas educativas dentro del aula.
Aunque uno de los artículos mantiene la idea de restringir los celulares en los niveles de educación inicial, escolar básica y media, esa disposición queda relativizada por otros apartados del proyecto que habilitan su uso bajo condiciones expresamente contempladas por la misma ley. En la práctica, el texto aprobado avanza hacia una regulación condicionada, no hacia una prohibición cerrada.
La iniciativa también prevé la implementación de un programa de uso responsable de la tecnología y obliga a las instituciones educativas a adecuar sus reglamentos internos y normas de convivencia a las disposiciones que eventualmente entren en vigencia.
En cuanto al régimen sancionatorio, la propuesta contempla apercibimientos y multas de hasta cincuenta jornales mínimos, pero aclara que esas penalidades solo podrán aplicarse luego de un sumario administrativo. Ese procedimiento, sumado a los plazos previstos para la reglamentación y la adaptación institucional, aleja cualquier posibilidad de aplicación inmediata.
De acuerdo con el texto aprobado, el Poder Ejecutivo tendrá cuatro meses para reglamentar la ley una vez promulgada, mientras que las instituciones educativas dispondrán luego de otros seis meses para adecuarse. Ese cronograma hace inviable que la eventual normativa pueda comenzar a regir este año, por lo que su implementación efectiva recién podría darse a partir de 2027.
El resultado final deja en evidencia un retroceso del oficialismo respecto a su postura inicial y muestra cómo la presión de distintos sectores, especialmente vinculados a padres y a la seguridad de los alumnos, terminó moldeando una versión más moderada de la propuesta. Así, la iniciativa avanza como una herramienta de control y ordenamiento del uso de la tecnología en las aulas, pero lejos de la prohibición total que había sido planteada en un principio.
EL NACIONAL
