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Comunican fechas de comicios y tiempo de propaganda electoral

El Ministerio Público, a través de la Unidad Fiscal Electoral, comunicó sobre las fechas de elecciones y del tiempo de campaña electoral a la Policía Nacional. En el calendario electoral está dispuesto y para las infracciones a este se tienen previstas sanciones y multas, según recordaron desde la Fiscalía.

2022-08-05 00:00:00
 Comunican fechas de comicios y tiempo de propaganda electoral

La Fiscalía y el juez Electoral del Departamento Central remitieron a la Policía Nacional el calendario electoral establecido para las elecciones internas y las previstas para el 18 de diciembre y el 30 de abril, respectivamente. También se informó sobre los tiempos establecidos para la propaganda electoral.

Fueron la fiscala delegada Electoral del Departamento Central, Sandra Ledesma, y el Juez Electoral, Modesto Núñez quienes firmaron la nota en la que se informa sobre las fechas de comicios y las sanciones para infractores por propaganda extemporánea.

¿Cuándo serán las internas y cuándo serán las generales? “Las fechas fueron fijadas por Resolución del TSJE Nº 16/2022, junto con los periodos dentro de los cuales se podrá realizar propaganda electoral en la vía pública, según el artículo 290 del Código Electoral”, informaron desde Fiscalía.

De esta forma, quedó fijado por el próximo domingo 18 de diciembre las elecciones internas simultáneas, la elección de candidatos y autoridades de partidos, movimientos, alianzas y concertaciones, mientras que los comicios generales para la elección de presidente, vicepresidente y miembros del Congreso Nacional quedaron marcados para el 30 de abril de 2023.

 En cuanto a las elecciones partidarias, el periodo en el cual se podrá realizar propaganda electoral en la vía pública, será desde el 16 de noviembre de 2022, hasta el 15 de diciembre de 2022. Para las elecciones generales el tiempo de propaganda electoral va desde el 27 de febrero de 2023, hasta el 27 de abril de 2023.

Sanciones para propaganda electoral extemporánea.

El Ministerio Público recordó que existen sanciones para la propaganda electoral extemporánea. “La realización de propaganda electoral en

la vía pública a través de cualquier medio, tales como pintatas, pasacalles, afiches, carteles, gigantografías, etc., fuera de los plazos

señalados, se encuentran absolutamente prohibidas y puede constituir hecho punible, de acuerdo con los artículos 324 inciso “a” y 328 del

Código Electoral”, resaltaron.

También existen ordenanzas municipales de los municipios del departamento Central prohíben la realización de propaganda electoral fuera de los plazos establecidos en la ley y castiga la infracción con pena de multa.

Según manifestaron en el caso de constatar la realización de propaganda electoral en la vía pública en forma extemporánea, dentro del departamento Central, la Policía Nacional deberá identificar a los autores y remitir los antecedentes al Juzgado Electoral. /abc/

 


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