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Ejecutivo promulga ley de emergencia sanitaria y deberá invertir U$S 530 millones para salud

El presidente Mario Abdo Benítez promulgó la ley que declara Estado de Emergencia ante la pandemia del COVID-19 y establece medidas administrativas, fiscales y financieras. Aprobó las modificaciones realizadas por la Cámara de Senadores y el Ejecutivo podrá hacer un préstamo de hasta US$ 1.600 millones para enfrentar la crisis y US$ 530 millones de la deuda se utilizarán para fortalecer el sistema de salud.

2020-03-26 00:00:00
Ejecutivo promulga ley de emergencia sanitaria y deberá invertir U$S 530 millones para salud

A través de su cuenta de Twitter, el presidente Mario Abdo Benítez agradeció al Congreso Nacional por haber aprobado el proyecto de ley que impulsaron desde el Poder Ejecutivo y de esta manera divulgó la promulgación.

 Recordemos que el plan contó con una media sanción en el Senado, donde se incluyeron varias modificaciones que fueron aprobadas por Diputados ayer. “Valoramos el compromiso de toda la clase política en este momento difícil que estamos viviendo todos los paraguayos.

Ya estamos trabajando con el equipo para garantizar que cada guaraní sea usado de forma efectiva y transparente”, prometió el Presidente.

Sin aumentos salariales por cuatro años El ministro de Hacienda, Benigno López, el alcance de esta nueva ley y agradeció a ambas Cámaras el haber aprobado un proyecto tan complejo en solo 48 horas.

Aprueban exonerar por tres meses el pago de servicios y otorgar subsidios Marito Abdo @MaritoAbdo Nuestro agradecimiento al Congreso Nacional. Valoramos el compromiso de toda la clase política en este momento difícil que estamos viviendo todos los paraguayos.

Ya estamos trabajando con el equipo para garantizar que cada guaraní sea usado de forma efectiva y transparente 1.707 15:00.

Destacó que el esfuerzo fiscal de todo el paquete de medidas económicas es del 5% del Producto Interno Bruto (PIB). “Que indudablemente va a afectar las condiciones macroeconómicas de los próximos años”, añade en el comunicado. Por ello, indicó que se prevé el límite del 3% del déficit fiscal y se solicita 4 años para la convergencia.

“Tiempo en el cual no habrá aumento salarial, salvo para el fortalecimiento del capital humano, si las condiciones financieras así lo permiten”, añade.

La citada ley N° 6.524, a ser promulgada por el presidente Mario Abdo Benítez, dispone la exoneración temporal del pago por el servicio de ANDE (para facturaciones mensuales hasta G. 250.000).

En cuanto al servicio de Essap, se sancionó la exoneración del 100% para sectores carenciados y mipymes y posibilidad de diferir el pago por tres meses para los demás segmentos. En caso de facturas de Copaco se contempla únicamente la posibilidad del pago diferido.

El plan contempla además la prórroga para presentación de las declaraciones juradas y pagos totales o parciales de impuestos, bajo el nuevo régimen de modernización tributaria o Ley N° 3.680/19. Se establece además la legalidad del teletrabajo (empleo desde el hogar) como modalidad para empresas tanto públicas como privadas.


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